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Requisitos para ser miembro

  1. Ser maestro universitario en una universidad dominicana, con más de 10 años de experiencia.
  2. Presentar su Currículum Vítae con evidencias de su experiencia laboral y estudios.
  3. Haber sido presentado por un socio activo de la Institución.
  4. Haber sido aceptado por el quórum de la asamblea general.
  5. Abonar puntualmente las cuotas anuales correspondientes.
  6. Estar cursando especialidad o maestría en el área de francés.
  7. Estar comprometido con colaborar para lograr una enseñanza de calidad de la lengua francesa en República Dominicana.
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Clasificación de los miembros

  1. Fundadores: Son todos aquellos miembros que participan en la Asamblea General Constitutiva de la entidad, y por tanto son miembros activos de la asociación desde su incorporación.
  2. Activos: Son todos aquellos miembros que cumplen con todos los requisitos de ley y de los presentes Estatutos, y que por tanto tienen derecho a voz y voto en la Asamblea General. Son miembros que pueden escoger y ser escogidos para los órganos de dirección y representación de la entidad. Se componen de los miembros fundadores cuyo estatus está activo y de los miembros que se adicionen a la asociación después de su incorporación.
  3. Pasivos: Son aquellos que, estando en incumplimiento de alguno de los requisitos legales o de los presentes Estatutos o que pese sobre ellos alguna sanción, están temporalmente inhabilitados para ejercer el derecho a voz y voto en la Asamblea General, y en consecuencia, no pueden elegir ni ser elegidos como miembros de los órganos de dirección y representación de la asociación hasta tanto su estatus jurídico se regularice y desaparezcan las condiciones que les impiden poseer el estatus de miembro activo.
  4. Honoríficos: Son escogidos por la Asamblea General a modo de condecoración o reconocimiento, según los criterios que establezca la Asamblea General. Los mismos, para su elección, pueden ser propuestos por cualquier miembro activo o el Consejo Directivo.

Derechos de los miembros

Todo asociado tiene derecho a:

a) Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de dirección y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos;

b) Ser informado acerca de la composición de los órganos de dirección y representación de la asociación, sus estados de cuentas y el desarrollo de sus actividades;

c) Acceder a toda la documentación de la asociación a través de los órganos de dirección y de representación de la entidad;

d) Ser oído previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que dan lugar a tales medidas, con la debida motivación de la decisión que, en su caso, imponga la sanción;

e) Impugnar ante los tribunales las decisiones de los órganos de dirección y representación que sean contrarios a la ley o los presentes Estatutos;

f) Renunciar voluntariamente a su condición de miembro de la asociación en cualquier momento.

Obligaciones de los miembros

Todo asociado está obligado a:

a) Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas;

b) Pagar las cuotas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada miembro;

c) Cumplir el resto de las obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias;

d) Acatar y cumplir las decisiones válidamente adoptadas por la Asamblea General, el Consejo Directivo y cualquier órgano de dirección y representación de la asociación.

Sanciones en caso de faltas

Existen las siguientes faltas disciplinarias:

a) Faltas leves; y,

b) Faltas graves.

Son Faltas leves
  1. La inasistencia injustificada a dos sesiones de la Asamblea General, de la Directiva o comisiones;
  2. La falta de puntualidad en la asistencia a las sesiones dispuestas por la Asamblea General o la Directiva;
  3. Incumplimiento o negligencia en las tareas encomendadas por la Asamblea General o la Directiva dentro de las comisiones designadas; y,
  4. Otras que se deriven del incumplimiento de sus obligaciones como miembro.

Las faltas leves merecerán la amonestación escrita en primera instancia por la Junta Directiva.

Son Faltas graves
  1. Reincidir por más de dos ocasiones en faltas leves; (sanción pecuniaria)
  2. Actuar en nombre de la Organización, sin la debida autorización de la Asamblea General o la Directiva; (sanción de suspensión temporal de un mes hasta tres meses)
  3. Realizar actividades que afecten los intereses de la Organización o que promuevan la división entre sus miembros; (sanción de suspensión temporal de un mes hasta tres meses)
  4. Defraudación o malversación de los recursos de la Organización; (sanción de expulsión)
  5. Haber sido condenado a penas de privación de libertad; y, (sanción de suspensión temporal hasta que dure su interdicción)
  6. Otras que se deriven del incumplimiento de sus obligaciones.
Las sanciones a las faltas graves serán las siguientes
  1. Sanción pecuniaria (será resuelta en asamblea general)
  2. Suspensión temporal de un mes hasta tres meses y/o hasta que dure su interdicción en caso de encontrarse privado de la libertad;
  3. Destitución del cargo, en caso de ser miembro de la Directiva; y,
  4. Expulsión.

Pérdida de la membresía

El miembro perderá su membresía cuando incurra en faltas graves y sea validado por la Asamblea General

Beneficios
  1. Acceso a formaciones exclusivas para miembros de ODOLEFRA.
  2. Descuentos en formaciones FLE.
  3. Descuentos en la inscripción de la Mediateca.
  4. Descuentos en la compra de libros en la librería francesa de la Alianza Francesa.
  5. Descuentos en la suscripción de la revista para profesores de francés: “Francais dans le Monde”.
  6. Acompañamiento y asesoría en la elaboración de investigaciones sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje del francés como lengua extranjera (FLE).
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